En merito de las consideraciones y razones antes expuestas, este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario, del Tránsito, de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Administrando Justicia en Nombre de la República bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, declara:
Primero: PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación interpuesta por la representación judicial de la parte actora contra el auto de fecha 24-01-2011 por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, en consecuencia:
a) Se declara con lugar la oposición realizada por la representación judicial de la parte demandada en relación a las pruebas de experticia, inspección judicial e informes (prueba ultramarina) y en consecuencia, INADMISIBLE dichos medios de prueba.
b) Se declara improcedente la oposición, con relación a las pruebas .....