Se dictó y público sentencia definitiva N° PJ0172017000090, mediante la cual se declaró: Primero: Sin lugar el recurso de apelación ejercido por el co-apoderado judicial de la parte demandada, contra la sentencia dictada por el Tribunal a quo en fecha 06/06/2017. Segundo: La confesión ficta de la parte demandada de conformidad con el artículo 362 del CPC, en virtud de ello, se declara con lugar la demanda de desalojo de inmueble incoado por los ciudadanos: Juan Alberto Guevara Pulido y Néstor Horacio Guevara Pulido, contra la Empresa TV RIO, C.A; en consecuencia se ordena a la parte demandada: a) Desalojar y por ende a entregar a la parte demandante el inmueble arrendado ubicado en el Centro Comercial "Don Chalo", Local N° 8. Tercero: Queda así confirmada la sentencia apelada. Cuarto: Se condena en costas a la parte demandada por mandato del artículo 281 del CPC. Así se decide.