En mérito de lo anteriormente expuesto este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, de Protección de Niños, Niñas y de Adolescente del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, declara: CON LUGAR la apelación interpuesta por el abogado LUIS TOUSSAINT en su carácter de co-apoderado judicial del ciudadano SAUL JOSE GRILLET GUACARAN, en el juicio de RESOLUCION DE CONTRATO CON RESERVA DE DOMINIO que sigue en contra de la ciudadana JOSEFA MATILDE ANZOATEGUI. En consecuencia, se REVOCA el auto de fecha 27 de mayo de 2.011, dictado por el Juzgado Primero del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar y se ordena al juzgado que resulte competente proceda a admitir la presente demanda.