En fecha 08/07/2011, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR, la demanda incoada por el ciudadano JOSE ANGEL ZARAZA LEZAMA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad N° 8.922.520, en contra de la empresa VIGILANTES ORGANIZADOS, S.R.L.
SEGUNDO: Se condena en costas a la demandada, de conformidad con lo establecido en el Artículo 59 de Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Así se establece.