En fecha 20/06/2011, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara:
PRIMERO: SIN LUGAR, la demanda incoada por los ciudadanos OSWALDO JESÚS ARIAS Y ANGEL LORENZO BOADA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la Cédula de Identidad Nº 8.534.803 y 4.076.966, respectivamente, en contra de la Sociedad Mercantil- ORINOCO IRON S.C.S.,.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del fallo. Así se establece.
Este Tribunal se reserva el lapso de cinco (05) días hábiles siguientes a los fines de publicar el texto íntegro de la sentencia, de conformidad con el artículo 159 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Se deja expresa constancia que la presente audiencia de juicio fue reproducida audiovisualmente, de conformidad con lo establecido en el artículo 162.....