En mérito de lo expuesto, este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, intentada por el ciudadano: MARCOS ADOLFO PAMPHIL AMARISTA en contra de la empresa SERENOS RESPONSABLES, C.A. (SERECA), ambas partes suficientemente identificadas en autos. ASI SE DECIDE.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas, de conformidad con las estipulaciones del artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.