El tribunal una vez revisado el convenio up supra mencionado y por cuanto el mismo no es contrario a derecho y en virtud de que el trabajador se encuentra presente y manifestó a viva voz la aceptación de la propuesta, es por lo que de conformidad con el articulo 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y el articulo 6 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR, EXTENSIÓN TERRITORIAL DE PUERTO ORDAZ, procede en este acto a homologar el acuerdo que antecede en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, dándole el carácter de sentencia pasada con autoridad de Cosa Juzgada.
Publíquese, regístrese y déjese copia en el compilador respectivo.
LA JUEZ CUARTO DE JUICIO,
ABG. ANA TERESA LOPEZ ARTEAGA
POR LA PARTE ACTORA
POR LA PARTE DEMANDADA
LA SECRETARIA DE SALA,
AGB. DALILA MARRERO
ABOGADA ASISTENTE,
JAQUELIN.....