DECISIÓN
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia
de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando
Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley,
declara: PERIMIDA LA INSTANCIA EN EL PRESENTE JUICIO por PRETENSION DE
NULIDAD CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA, incoado por empresa EDITORIAL R.G.
COMPAÑÍA ANONIMA, EDITORA DEL DIARIO "NUEVA PRENSA DE GUAYANA",
inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar,
en fecha veintiséis (26) de mayo de 1993, siendo inscrito bajo el Nº 67, Tomo A – Nº 171,
representada por los ciudadanos PEDRO EZEQUIEL ROMERO RUEDA Y ANTONIO
RAMON VICENTELLI VARGAS, abogados en ejercicio e inscritos en el inpreabogado
bajo los Nros. 64.085 y 6.370, respectivamente, contra la providencia administrativa
Providencia Administrativa Nro. 2014-00699, dictada en fecha veintitrés (23) de octubre
de 2014,.....