Siendo hoy la oportunidad para el pronunciamiento del desacato, encuentra quien decide de la revisión a las actuaciones que cursan en el presente expediente, advierte esta Sentenciadora, que no cursa notificación dirigida al Ministerio Publico, a los fines de su comparecencia a la audiencia de desacato, y en aras de garantizar el debido proceso y la tutela judicial efectiva, y evitar reposiciones inútiles, por cuanto estamos frente a un proceso de orden publico, debe necesariamente esta Juzgadora reponer la causa a los fines de celebrar la audiencia oral y publica de desacato, ordenando la notificación del Ministerio Publico y del Rector de la Unefa en la ciudad de Caracas, y una vez conste en auto la notificación materializada del ultimo de los notificados este Tribunal fijara dentro de las 96 horas siguientes la oportunidad en que se llevara a cabo la referida audiencia. ASI SE ESTABELCE.-
JUEZ CUARTO PROVISORIO DE JUICIO DEL TRABAJO,
ABG. MARVELYS PINTO .....