En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Tribunal Quinto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, de conformidad con lo establecido en artículo 85 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos, conjuntamente con el artículo 35, numeral 7º de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa; declara: INADMISIBLE la pretensión de nulidad presentada por los ciudadanos LUIS ALBERTO GUERRA, ESTEBAN DE JESÚS GUERRA GARRIDO, CARLOS ALEJANDRO RODRÍGUEZ HERNÁNDEZ y LINDER PARICHE, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nº 13.334.271, 20.504.278, 17.041.476 y 10.386.363 respectivamente, debidamente asistidos por los ciudadanos ZAIDA VAHLIS y ANTONIO GÓMEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nº 4.693.870 y.....