Por todas las consideraciones de hecho y de derecho anteriormente expresadas; este Tribunal Quinto (5º) de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, REPONE la presente causa al estado en que tenga lugar nuevamente la celebración de la audiencia de juicio, a fin que en ella se dé el debate jurídico y se dicte la sentencia definitiva con base a todo lo alegado y probado en autos, quedando en consecuencia ANULADA la Audiencia de fecha diez (10) de mayo de 2017), presidida por el Abogado PAOLO AMENTA, en su condición de Juez del Tribunal Quinto de Juicio del Trabajo del Estado Bolívar. Así se establece.
Es por lo que se ordena librar notificación a las partes a los fines de imponerlos de la presente decisión y una vez conste en autos las resultas de la última de las notificaciones debidamente certificada por la Secretaria d.....