Por las razones precedentemente expuestas, este JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DEL ESTADO BOLÍVAR EXTENSIÓN TERRITORIAL PUERTO ORDAZ, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la pretensión por COBRO DE INDEMNIZACIONES DERIVADAS ENFERMEDAD OCUPACIONAL, incoada por el ciudadano ARGENIS RIVAS, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº 3.189.276, contra la CORPORACIÓN DE SERVICIOS PATRIÓTICOS DE LA ALCALDÍA DEL MUNICIPIO CARONÍ;
SEGUNDO: Dada la naturaleza del presente fallo, no hay especial condenatoria en costas. ASI EXPRESAMENTE SE DECIDE.