Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PERIMIDA LA INSTANCIA en el presente juicio por RECURSO DE NULIDAD DE ACTO ADMINISTRATIVO interpuesto por el ciudadano PEDRO JOSE GONZALEZ SALAZAR, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº V- 18.973.141, debidamente asistido por el ciudadano LUIS ALBERTO ROSAS, abogado en ejercicio e inscrito en el I.P.S.A, bajo el Nº 93.379, en contra de la Providencia Administrativa Nº 2015-00362, de fecha cinco (05) de junio de 2015, dictada por la INSPECTORÍA DEL TRABAJO "ALFREDO MANEIRO" DE PUERTO ORDAZ, ESTADO BOLÍVAR, mediante la cual declaró CON LUGAR, la solicitud de Calificación de Falta o Autorización para despedir, incoada por la sociedad mercantil MARITIME PERSONNEL CONTRACTOR C. A. (MPC). ASÍ EXPRESAME.....