Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PERIMIDA LA INSTANCIA EN EL PRESENTE JUICIO por RECURSO DE NULIDAD DE ACTO ADMINISTRATIVO interpuesto por la empresa HELADOS CALI, C. A., inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de Puerto Ordaz, estado Bolívar, en fecha 18 de noviembre de 2005, bajo el Nº 01, Tomo 58-A Pro, representada por el ciudadano JOSÉ NEIL LEAL MONJE, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, en su carácter de Presidente de la misma, debidamente asistido por el ciudadano FRANK MORENO FRONTADO, de nacionalidad venezolano, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Nº V-12.272.070, abogado en ejercicio e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 66.814, contra el auto administrativo Nº 2012-00389, dictado .....