Por lo anteriormente expuesto este Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por autoridad de la Ley decide;
1) declara sin lugar la solicitud de reintegro de las cantidades de dinero entregadas a los codemandantes de autos hasta tanto no se sustancie y resuelva el Recurso de Invalidación Interpuesto.
2) Se ordena oficiar a la Oficina de Control de Consignaciones a los efectos de que se le realice entrega material del monto derivado de las costas a su apoderado judicial cuyo cheque deberá estar a nombre de la sociedad mercantil demandada UNIVERSAL SODEXHO SERVICES DE VENEZUELA, S.A (SODEXHO)
DIOS Y FEDERACIÓN
El Juez
La secretaria.
ABG. LENIN ARQUIMEDES BRITO NARVÁEZ