Mediación y Ejecución del Trabajo, de conformidad con lo establecido en los artículos 253 y 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 263 y ss del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con los artículos 11 y 6 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo Homologa el presente Desistimiento realizado por la parte demandante y en consecuencia se procederá como Sentencia pasada en autoridad de Cosa Juzgada. Así se decide.
Conforme a la Ley de Registro Público se ordena el archivo de la presente causa una vez transcurrido el lapso legal establecido para ello.
EL JUEZ
La SECRETARIA
Abog. LENIN A BRITO NARVAEZ.