Siguiéndose el presente juicio con lo que respecta a la codemandada GRAN MARCA, Y ahora bien en virtud de que este Tribunal constata que la presente causa esta debidamente sustanciada remite la misma al Tribunal de Primera Instancia de Juicio de la Circunscripción Judicial Laboral del Estado Bolívar con sede en Puerto Ordaz. Cúmplase.-
JUEZ OCTAVO DE S.M.E
La SECRETARIA
Abog. LENIN A BRITO NARVAEZ.