Este Juzgado Octavo (8°) de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara PARCIALMENTE CON LUGAR la pretensión incoada por los ciudadanos JHON COLINA y JAVIER JOSE LOPEZ VELIZ, venezolanos, mayores de edad, portadores de las cédulas de identidad Números 15.251.906 y 16.395.408 respectivamente, por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES LEGALES contra las demandadas "DISTRIBUCIONES ROMHER DEL SUR, CA. (RIF: J-31414712-9) y SIGMA DELTANA C.A. (RIF: J-29591871-2), en consecuencia, se condena a las demandadas al pago de CIENTO VEINTISIETE MIL TRECIENTOS TRECE BOLIVARES CON VEINTICINCO CENTIMOS (Bs. 127.313,25)