Se dictó sentencia declarándose competente y se admitió el RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE NULIDAD incoado por la sociedad mercantil SUPER AUTOS PUERTO ORDAZ, C.A., representada judicialmente por los Abogados Angela Salazar Rodríguez, Oscar Montero Hernández y Karina Gutiérrez, Inpreabogado Nros. 24.497, 133.801 y 124.647, respectivamente, contra el auto Nº 2010-0052, de fecha veinticinco (25) de marzo de 2010, emanado de la INSPECTORÍA DEL TRABAJO "ALFREDO MANEIRO" DE PUERTO ORDAZ, ESTADO BOLÍVAR, mediante el cual se ordenó el Registro del Sindicato Profesional de Trabajadores Automotrices Conexos y Similares (SINPROTRABAUTO).