Se dictó sentencia declarándose CON LUGAR la ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL incoada por el ciudadano ASDRUBAL DEL JESUS MOREY ORTIZ contra la sociedad mercantil METAL TEK C.A, en consecuencia se le ORDENA cumplir con la Providencia Administrativa Nº 2008-502, dictada el once (11) de noviembre de 2008, por la Inspectoría del Trabajo "Alfredo Maneiro" de Puerto Ordaz, Estado Bolívar, que declaró con lugar la solicitud de reenganche y pago de salarios caídos incoada por el accionante dentro de los cinco (05) días siguientes a la publicación del presente fallo.