Se dictó auto mediante el cual éste Tribunal decretó el SOBRESEIMIENTO de la presente causa seguida en contra de RAMON BASTARDO LEÓN, por el delito de VIOLENCIA FÍSICA, previsto y sancionado en el artículo 17 de la Ley Sobre la violencia contra la Mujer y la Familia (vigente para el momento en que ocurrieron los hechos); Ello de conformidad con lo establecido en numeral 3º del Artículo 318 del Código Orgánico procesal Penal.