Se dictó auto de fundamentación de Medida Privativa Judicial Preventiva de Libertad, en contra del ciudadano HECTOR JOSE PIÑA FUENTES, de conformidad a lo establecido en el Artículo 44 ordinal 1º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y de los Artículos 246, 250, 251 y 252 del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA SEXUAL AGRAVADA EN ACCION CONTINUADA, previsto y sancionado en el articulo 43 tercer y cuarto párrafo de la Ley Especial en relación con el articulo 99 del Código Penal, la cual cumplirán preventivamente en el Internado Judicial de Vista Hermosa.