DISPOSITIVA
Por todos los argumentos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal Primero en función de Control, Audiencia y Medidas con competencia en materia de delitos de Violencia Contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz REVOCA, la Medida Cautelar Sustitutiva acordada a favor del imputado: DAVID ALFREDO ODREMAN, Titular de la Cédula de Identidad Nº 15.354.300 de 31 años de edad, nacido en fecha 20 de Marzo de 1.978 en San Félix - Estado Bolívar, hijo de Libia Odreman (V) Alfredo Ortega (V), de ocupación Construcción, Residenciado Chirica Vieja, Calle Trujillo, casa S/N, cerca Mercal (Libia Odreman), Teléfono: 0426-894-6033, y en su lugar DECRETA la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad del referido imputado quien quedará recluido en la Comisaría Policial de Guaiparo, a la orden de este Juzgado, todo ello de conformidad con lo previsto en el artículo 250, 251 ordinal 4 de todos del Código.....