Se Dicto Auto acordando la suspensión condicional del proceso al acusado Rómulo Miguel Daly Romero. Se fija las siguientes condiciones bajo las cuales se suspende el proceso: Se acuerda la suspensión condicional del proceso, por el lapso de un (01) año, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 43 y 44 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza del Código Orgánico Procesal Penal en su último aparte.