El día de hoy, 26 de mayo de 2009, se pública DECRETO DE SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, a favor del ciudadano Edilsón Riveiro Vieira, de conformidad con lo establecido en el artículo 24 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 108 numeral 5° del Código Penal, concatenado con los artículos 48 numeral 8° Y 318 numeral 3° y 322 todos del Código Orgánico Procesal Penal. Por remisión del artículo 64 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y como consecuencia del sobreseimiento se ordena que decaigan todas las medidas de coerción personal, y notificar la presente decisión a la víctima.