CON LUGAR la inhibición planteada en fecha 10 de marzo de 2016, por la Abogada LOLIMAR GARCIA HURTADO, en su carácter de Jueza Primera de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, sede Ciudad Bolívar, para seguir conociendo del asunto principal signado con el Nº FP02-V-2016-000074, contentivo del juicio de Conflicto de Administración de Bienes