Este Tribunal Segundo Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara SIN LUGAR la cuestión previa de incompetencia territorial del Tribunal promovida por la parte Co Demandada SAIDE RITA ZAINE CHIDIAC, identificados en los autos, por intermedio de su representante legal.