Mediante Resolucion Nº: PJ0252023000003, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, DECLARA INADMISIBLE, la presente solicitud de DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HERDEROS, presentado por la ciudadana: TAIDE JOSEFINA ALCALA RESPLANDOR, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y con cedula de identidad Nº V-11.533.088, debidamente asistida por el abogado JUAN CARLOS SILVA, en libre ejercicio, inscrito en el Inpreabogado con el Nº. 92.805.-