Mediante Resolucion Nº: PJ0252023000036, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, DECLARA INADMISIBLE, la presente solicitud de Consignación de Cánones de Arrendamiento de local presentado por la ciudadana CARMEN ELENA PAEZ DE MATA, venezolana, mayor de edad, con cedula de identidad número V-8.870.624, con domicilio de este debidamente asistido por el ciudadano MAURO MOISES CARVAJAL MENDOZA, venezolano., mayor de edad, con cedula de identidad Nº. V-11.728.037, inscrito en el I.P.S.A bajo el Nro. 129.471, de este domicilio, a favor de las ciudadanas GRACIELA DEL CARMEN GARIGALI ANDALORO Y AIMER MILAGROS SILVA, venezolanas, mayores de edad, con cedulas de identidad números V-14.409.903 y V-10.044.121, respectivamente, de este domicilio.