Mediante Resolucion Nº:PJ0252024000005, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, declara INADMISIBLE la solicitud de RECTIFICACION DE ACTA DE NACIMIENTO, suscrito por la ciudadana: DAFFODIL DIANA DE SANTOS, titular de la cédula de identidad Nº V-22.816.185, debidamente asistida por el ciudadano TOMAS CLARK, Abogado en libre ejercicio, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 100.407.-