Este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por mandato de la Ley, dicta Sentencia de la siguiente manera:
Primero: Se Declara SIN LUGAR, la Oposición a la Medida de Preventiva de Enajenar y Gravar, interpuesta por la ciudadana SAIDE RITA ZAINE CHIDIAC, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 15.740.033, abogada en ejercicio, con inpreabogado N° Nº. 106.809. Medida preventiva decretada en fecha 13 de enero de 2014.
SEGUNDO: Se ratifica la medida preventiva de Prohibición de Enajenar y Gravar sobre el bien inmueble de las siguientes características: Un bien inmueble constituido por una parcela de terreno y la casa construida de Bahareque y bloques, techo de tejas y asbestos ubicada en la Calle Herrera, Casa Nº 09, Municipio Altagracia del Estado Sucre, con una super.....