Este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, se declara INCOMPETENTE en razón de la materia y declina la competencia en el Juzgados de Primera Instancia, Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar de este Circuito y Circunscripción Judicial, que resulte competente por efectos de la distribución del sistema juris 2.000; en consecuencia, se acuerda remitir el presente asunto mediante oficio a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos Civiles a los fines de dar cumplimiento a lo señalado en la presente decisión.