Este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, de conformidad con lo establecido en la sentencia Nº 136, de fecha 30 de marzo de 2017, de la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, este Juzgador, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la presente solicitud de DIVORCIO POR DESAFECTO E INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES, y en consecuencia, DISUELTO el MATRIMONIO CIVIL contraído en fecha 10 de diciembre de 1991, por el ciudadano ELVIS JOSÉ GARCÍA BERMÚDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-11.168.621 y la ciudadana RUTH MAYDA NAVA MARIN, venezolana, mayor de edad, con cédula de identidad Nº V-11.864.683, conforme consta de la copia certificada del acta de matrimonio N° 65 inserta en el Libro de matrimonio Civil llevado por la Prefectura del Municipio Mara.....