Este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara INADMISIBLE la demanda de Intimación de Honorarios Profesionales incoada por la ciudadana OLEINI JOSEFINA MARCHAN DE BOLIVAR contra la ciudadana AMERICA DELGADILLO DE VIVAS plenamente identificado en la presente decisión