Este Tribunal para decidir observa que el cónyuge, ciudadano: LUIS MANUEL GARCIA DURAN, ha comparecido en forma personal para solicitar se declare la extinción del vínculo conyugal que lo une con la ciudadana: LESLIE CATHERINE BEBERAGGI HERRERA, que habían contraído por ante la oficina del Registro Civil del Municipio Heres (actualmente Municipio Angostura del Orinoco del Estado Bolívar), en fecha Veinte (20) de Febrero del año 1981, en razón de existir desafecto e incompatibilidad de caracteres entre su persona y su cónyuge, en atención a lo cual este TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO HERES DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara "CON LUGAR" la solicitud presentada y, en consecuencia, disuelto por divorcio el matrimonio contraído por los ciudadanos: LUIS MANUEL GARCIA DURAN y LESLIE CATHERINE B.....