DECISION
Por los fundamentos expuestos, este TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO HERES DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR, con competencia en esta materia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO 185-A formulada por los ciudadanos RAMON OCTAVIO CEDEÑO, Venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V- 8.868.208 y ZULEIMA DEL CARMEN GUTIERREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.8799.862 y de este domicilio, en consecuencia QUEDA DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL que ellos habían contraído por ante el Registro Civil del Municipio Heres del Estado Bolívar, en fecha 06-06-1967 quedando asentado en el libro N° 3, Tomo M 1, Folio 173, que corre inserta en las actas.-
No hay condena en costas debido a la naturaleza de la acción propuest.....