Declarado lo anterior este Tribunal para decidir observa que el ciudadano CARLOS MANUEL CARRE FIGUEROA, solicita se declare la extinción del vínculo conyugal que lo une con la ciudadana JENNYMAR YANEZ LIRA, que habían contraído matrimonio civil ante la prefectura del Municipio Heres ( hoy Angostura del Orinoco) del estado Bolívar en fecha 07 de Marzo del año 2014 en la Oficina del Registro Civil de de Matrimonios en razón de existir desafecto e incompatibilidad de caracteres entre su persona y su cónyuge, en atención a lo cual este TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO HERES DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara "CON LUGAR" la solicitud presentada y, en consecuencia, disuelto por divorcio el matrimonio contraído por los ciudadanos: CARLOS MANUEL CARRE FIGUEROA y JENNYMAR YANEZ LIRA Así se decide.
Una vez .....