Declarado lo anterior este Tribunal para decidir observa que el ciudadano YVAN FLORENCIO PÉREZ JIMÉNEZ, solicita se declare la extinción del vínculo conyugal que la une con la ciudadana JEANETTE JOSEFINA SUAREZ MARTÍNEZ que habían contraído matrimonio civil ante la prefectura del Municipio Raúl Leoni (hoy Bolivariano Angostura) del Estado Bolívar en fecha 14 de Diciembre del año 1990 en la Oficina del Registro Civil de de Matrimonios en razón de existir desafecto e incompatibilidad de caracteres entre su persona y su cónyuge, en atención a lo cual este TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO HERES DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara "CON LUGAR" la solicitud presentada y, en consecuencia, disuelto por divorcio el matrimonio contraído por los ciudadanos: YVAN FLORENCIO PÉREZ JIMÉNEZ y JEANETTE JOSEFINA SUAREZ .....