DECISION
Por los fundamentos expuestos, este TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO HERES DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR, con competencia en esta materia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO 185-A formulada por los ciudadanos HECTOR RAFAEL ESCALONA AREVALO y ANA CRISTINA NUÑEZ ROJAS Venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nº V-8.875.002 y V-8.908.411 respectivamente, debidamente asistidos por el abogado en ejercicio JUAN CIPRIANO GUILLEN, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 33.183, en consecuencia QUEDA DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL que ellos habían contraído por ante Prefectura del Municipio Heres del Estado Bolívar, en fecha 11-06-1986 anotado en el libro 02, Tomo M3, Folios 236 al 238, acta de matrimonio ci.....