Decisión.-
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, de conformidad con el artículo 78 del Código de Procedimiento Civil, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA INADMISIBLE la demanda de RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE OPCION COMPRA VENTA, DESALOJO DE LOCAL COMERCIAL Y PAGO DE CANONES DE ARRENDAMIENTO, interpuesto por la ciudadana ANA YSABEL GARCIA RESPLANDOR, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 8.860.729,, en contra del GETULIO DANIEL BATES CARVAJAL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 4.978.885 y de peste domicilio Así se decide.-
Devuélvanse los originales a la parte actora si los hubiere.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada en este Juzgado. Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del JUZGADO CUA.....