DECISION
Por todos los razonamientos antes expuestos este Juzgado Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: DECLARA INADMISIBLE la solicitud DE DIVORCIO 185-A, incoada por ARLENYS JOSEFINA ARNONE INFANTE , venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 16.220.827 domiciliada en el Municipio Heres del Estado Bolívar, debidamente asistida por el abogado en libre ejercicio J JESUS E. BERRO GRAFFE, inscrito en el Inpreabogado bajo No. 209.230, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 341 del Código de Procedimiento Civil.-