Declarado lo anterior este Tribunal para decidir observa que el ciudadano JUAN CIPRIANO GUILLEN, solicita se declare la extinción del vínculo conyugal que lo une con la ciudadana ROSA AMERICA AVILA ROMERO que habían contraído por ante el Juzgado Primero del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, en fecha 19 de mayo del año 2000, en razón de existir desafecto e incompatibilidad de caracteres entre su persona y su cónyuge, en atención a lo cual este TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO HERES DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara "CON LUGAR" la solicitud presentada y, en consecuencia, disuelto por divorcio el matrimonio contraído por los ciudadanos: JUAN CIPRIANO GUILLEN y ROSA AMERICA AVILA ROMERO Así se decide.
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Una vez firme la presente decisión ofíci.....