Decisión
Por las razones arriba mencionadas este Tribunal CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO HERES DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara INADMISIBLE la OFERTA REAL interpuesta por el ciudadano PEDRO ALEJANDRO OVIEDO a favor de la EMPRESA POLAT C.A. Así se de decide.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión interlocutoria en este Juzgado.
Dada firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, en Ciudad Bolívar, a los veintitrés (23) días del mes de noviembre del año dos mil diecisiete (2017) Años: 207° de la Independencia y 158° de la federación.-
La Jueza (supl.) Cuarta de Municipio
Abg. Emilia Caminero Sambrano
La Secretaria
Abg. Marí.....