Declarado lo anterior este Tribunal para decidir observa que el ciudadano CARLOS RAMÒN BRIZUELA, solicita se declare la extinción del vínculo conyugal que lo une con la ciudadana MIRLA ESTHER PORTILLO HERNANDEZ que habían contraído por ante la prefectura del Municipio Caroni del Estado Bolívar en la Oficina del Registro Civil de Matrimonios, en fecha 20 de Junio del año 2014, en razón de existir desafecto e incompatibilidad de caracteres entre su persona y su cónyuge, en atención a lo cual este TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO HERES DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara "CON LUGAR" la solicitud presentada y, en consecuencia, disuelto por divorcio el matrimonio contraído por los ciudadanos: CARLOS RAMÒN BRIZUELA y MIRLA ESTHER PORTILLO HERNANDEZ Así se decide.
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Una vez firme la presente decisión.....