En fuerza de las consideraciones anteriores, este tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara la CONVERSION EN DIVORCIO de la SEPARACION DE CUERPOS aludida en los mismos términos y condiciones señalados, y en consecuencia disuelve el vínculo matrimonial que por ante el Registro Civil de Soledad, Municipio Independencia del Estado Anzoátegui, contrajeran en fecha 09 de Marzo del año 2010, los ciudadanos: MIGUEL ANGEL CADET SANTANA Y MARIA MAYERLING HERRERA SANTORO, ambos plenamente identificados.