Con base a los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, es por lo que este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Caroní del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de acuerdo a lo establecido en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil así como las disposiciones del código civil vigente, DECLARA "ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS" del fallecido ciudadano JUAN RAFAEL PINTO DIAZ, quien era venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad Nro. V-2.170.752, falleció el día 23/05/2.023, en el Hospital Doctor Raúl Leoni Otero, de San Félix, Municipio Caroní del Estado Bolívar a consecuencia de INFARTO AL MIOCARDIO HIPERTENSION ARTERIAL según acta de defunción Nro. 1178; a los ciudadanos, SANTA EDITA GARCIA FARIAS, en su ca.....