este JUZGADO CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CARONÍ DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 788 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con el Artículo 263 ejusdem, le imparte su aprobación y HOMOLOGA en carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada la LIQUIDACIÓN Y PARTICION DE LA COMUNIDAD CONYUGAL, presentada por los ciudadanos: LUIS FERMIN MORALES BRITO Y LUISA MAGDALENA GONZALEZ, plenamente identificados, en los términos por ellos celebrado en el escrito que encabeza las presentes actuaciones, y así se decide expresamente.
Expídase por Secretaría copias certificadas del escrito de la solicitud y del presente auto, de conformidad con lo establecido en los Artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, y así mismo, devuélvanse los documentos o.....