Por todas las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Caroní del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrado Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO 185-A INDIVIDUAL, intentada por el ciudadano YUBERT CARIMA MATIGUAN en contra de su cónyuge MARITZA GERTRUDIS MARIN RODRIGUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-3.684.432 y V-3.672.246, respectivamente ambos de este domicilio.
SEGUNDO: DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL contraído por los ciudadanos: YUBERT CARIMA MATIGUAN y MARITZA GERTRUDIS MARIN RODRIGUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-3.684.432 y V-3.672.246, respectivamente; en fecha 02 de Abril de 1.979, por ante la Prefectura del Municipio Pozuelos, Distrito Sotillo del Estado.....