Por todos los motivos antes expuesto este Juzgado Primero de municipio ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Piar y Padre Pedro Chien del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECIDE:
PRIMERO: Declara con Lugar, la demanda de Cumplimiento de Contrato de Comodato, incoada por la ciudadana, Idalia Francisca Torres Gámez, venezolana, mayor de edad, titulare de la Cédula de Identidad Nº V-4.696.401, y de este domicilio; contra el ciudadano José Ramón Gámez Vargas, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-11.996.082, y de este domicilio. -
SEGUNDO: Se condena a la parte demandada ciudadano: José Ramón Gámez Vargas, ya identificado, hacer entrega del inmueble objeto del presente litigio, ubicado en la Calle 19 de Abril, distinguida con el Nº 30, de esta Ciudad de Upata, Municipio Piar del Estado Bolívar, y ali.....