En AUDIENCIA PRELIMINAR se acordó: 1) art 330 del COPP, admite acusación presentada por la Fiscalía 6° Ministerio Público, en contra de: MARCOS DE JESUS URDANETA URDANETA, por la comisión del delito de ROBO LEVE O ARREBATON, previsto en el art. 458 último aparte del del C.P, y LUIS NILBERTO COY, en grado de complicidad art. 84 num. 3 eiusdem, cometido en perjuicio de la ciudadana YASMIN GUTIERREZ PEREZ. 2)Admisión pruebas. 3) Se acuerda Suspensión Condicional del Proceso, por el plazo de 1 año y 6 meses, de conformidad con el art. 42 y siguientes del COPP. Condiciones: 1.-Someterse a la vigilancia y control del Delegado de Pruebas de la Coordinación Zonal N° 02, cada 45 días. 2.- Permanecer en un trabajo o empleo, todo conforme al numeral 8 y último aparte del art.44 del COPP. 4) Cese Medida cautelar. 5) Expedir copias simples a la defensa. 6) Partes notificadas art 177 del COPP.